Ley de Protección para el cultivo de plátano y banano
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Ley
de Protección para el cultivo de plátano y banano en la República de Guatemala
Con relación al tema de riesgo para el cultivo de musáceas,
principalmente plátano y banano, ha sido importante el trabajo multisectorial
que se ha coordinado a través de instituciones como el Organismo Internacional
Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA) y Ministerio de Agricultura, Ganadería
y Alimentación (MAGA). Producto de esta cooperación fue la aprobación por el
Congreso de la República del Decreto Legislativo 7-2020 “Ley de Protección
para el cultivo de plátano y banano en la República de Guatemala”.
El objetivo primordial de esta ley hace referencia a lo más importante a
considerar en un Plan de Manejo Integrado de Plagas, la prevención. Y en este
caso, la severidad debe ser mayor ya que ninguna enfermedad puede poner en
riesgo uno de los cultivos más importantes en el país, que genera miles de
empleos permanentes y que además es una fruta que conforma la canasta básica
alimenticia de los guatemaltecos.
En esta ley se consolidan de forma muy general, principios técnicos y administrativos para la protección de las plantaciones actuales de plátano y banano, y la prevención de ingreso del hongo que causa la enfermedad de marchitez de las musáceas, así como las acciones de contención de la propagación del hongo si este llegara a ingresar al país.
La ley establece como institución responsable del cumplimiento de la
protección de todas las plantaciones de plátano y banano en el país, al
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, quién deberá coordinar con
diversas instituciones de gobierno y sectores productores la implementación,
operación, monitoreo y cumplimiento de dicha ley.
Hugo Molina Botrán, asesor agrícola, explicó “Parte de las responsabilidades de todos los guatemaltecos es acatar las recomendaciones contenidas en la ley y su reglamento, especialmente los productores de plátano y banano a nivel nacional, quienes deben cumplir con la elaboración y presentación del Protocolo de Bioseguridad al viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones o en las delegaciones departamentales de MAGA”.